Organización Comarcal de Autonomos de Aranjuez (OCAA)
La Organización Comarcal de Autónomos de Aranjuez
(OCAA) se constituye con fecha 3 de Junio de 2.008, es una entidad
sin animo de lucro, constituida al amparo de la Ley 20/2007, de 11 de
julio , del Estatuto del Trabajo Autónomo y de la Ley Orgánica
1/2002 de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación.
La Asociación responde a principios democráticos en su
organización y funcionamiento, garantizando la autonomía
de sus asociados, sin perjuicio del carácter vinculante que tienen
los acuerdos de la Asociación en las decisiones que afecten al
interés común de sus miembros.
Entre las principales funciones de la Asociación se destacan las
siguientes:
- Ostentar la representación de la Asociación, a todo
efecto, y con plena personalidad ante terceros.
- Defender los intereses, derechos, necesidades y aspiraciones de todos
sus asociados.
- Crear cuantos servicios se estimen oportunos y necesarios en el seno
de la Asociación para el mejor cumplimiento de sus fines.
- Adquirir y poseer toda clase de bienes muebles e inmuebles y contraer
obligaciones.
- Organizar actividades de carácter asistencial, cultural y formativo.
- Promover, impulsar, elaborar, gestionar, desarrollar y ejecutar en
cualquier modalidad o forma, Proyectos de Formación Continua
para trabajadores, Formación Profesional Ocupacional para desempleados,
Formación Profesional Reglada específica, garantía
social, Formación con compromiso de contratación y cualquier
otra forma, actividad o modalidad de formación.
- Ejercer función de arbitraje en las cuestiones que se susciten
entre los miembros de la Federación, procurando la conciliación
entre los mismos y estudiando, en conjunto, lo que proceda y sea más
justo.
- Establecer y ejercer la disciplina orgánica y de conducta.
- Fijar y recaudar cuotas de aportación-económica a que
se obligan los miembros afiliados.
- Será igualmente función de la Asociación llevar
a efecto cualquier finalidad no señalizada en los anteriores
anunciados, siempre y cuando suponga o comtemple la defensa de los intereses
de la entidad Asociativa, así como formular y llevar a cabo programas
de acción para el cumplimiento de sus fines.